Preguntas frecuentes para propietarios

Preguntas frecuentes para propietarios

El objetivo de DFLAT Madrid es evitar que tu vivienda quede desocupada durante el año, es por ello que nos avocaremos a publicitarlo y ofrecerlo entre nuestra cartera de clientes. Por supuesto que también tenemos temporadas bajas durante el año, pero procuraremos encontrar contratos de alquiler con estancias que superen dichas temporadas, evitando así la desocupación del mismo. Nuestra regla es que si no alquilamos no cobramos, por tanto nos esforzamos en tenerlo con máxima ocupación.

Hace referencia a la salida del inquilino de la vivienda. Se trata de revisar y realizar un informe, soportado con fotos y vídeos que comprueben el estado en el que el inquilino devuelve la vivienda. De allí se decidirá si hay que descontar algo de la fianza o no.

DFLAT Madrid prestará este servicio bajo petición y tendrán un coste. En cualquier caso haremos seguimiento y aconsejaremos ante cualquier incidencia.

Hace referencia a la entrada del inquilino a la vivienda. DFLAT Madrid acompaña al propietario e inquilino en esta labor en la cual se repasará un inventario para garantizar el buen estado en el que se entrega la vivienda.

No. Las distintas compañías aseguradoras no contemplan este servicio para los alquileres de temporada, únicamente en alquileres de vivienda habitual, por tanto, no podemos ofrecerlo, pero si podemos garantizar que estudiaremos bien el perfil de las personas que solicitan nuestros alojamientos, para evitar problemas de impagos.

Nuestro sistema de asignación de inquilinos queda demostrado con el 99% de alquileres seguros que hemos trabajado en nuestros años de experiencia.

 

La salida anticipada del inquilino es considerada incumplimiento de contrato, por tanto, perderá el derecho a la fianza y, además, DFLAT Madrid te devolverá la parte proporcional (de la comisión que previamente hemos cobrado) al tiempo que el inquilino no ha estado en la vivienda.

Si. Como garantía para el propietario, exigimos el pago de fianza al inquilino. La misma, según establece la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), se devolverá en el plazo de 1 mes a partir de la salida del inquilino de la vivienda, una vez confirmado que todo está en perfecto estado.

Para estancias de 1 a 5 meses se exige 1 mes de fianza y para estancias superiores a 6 meses, serán 2 meses de fianza.

¡Por supuesto! DFLAT Madrid se encargará de la redacción del mismo, pero en su revisión tu podrás añadir la cláusula que consideres necesaria para el alquiler de tu vivienda. Sin embargo, nuestros propietarios no suelen hacerlo, ya que nuestros contratos cubren todos sus derecho.

No. Los alquileres de temporada están amparados por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), en el Art. 3, el cual señala que “tendrán esta consideración (arrendamientos para uso distinto del de vivienda) los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra” Por tanto, no se necesita licencia turística para alquilar en temporadas.

No. DFLAT Madrid se compromete a mediar ante una situación de impago o retrasos, pero no llevamos el control de las facturas de suministros ni rentas.

La persona interesada debe solicitar la reserva de tu vivienda a DFLAT Madrid, si vemos que encaja con tus criterios, te informaremos del posible inquilino; una vez hemos obtenido tu aprobación, debe pagar el 1er mes de renta, dicho pago lo recibirá DFLAT Madrid para agilizar el proceso. Los siguientes pagos de renta irán directo a tu cuenta bancaria.

DFLAT Madrid maneja en alquileres de temporada estancias mínimas de 1 mes y máximo 12 meses. Nuestros propietarios están más seguros, no tienen que estancias que les bloqueen los pisos durante años.

Si eres propietario de un piso en alquiler puedes aplicar las siguientes deducciones en tu declaración de la renta:

- Intereses que hayas pagado por el crédito que solicitaste para la adquisición de la vivienda.

- Los impuestos y las tasas estatales de la vivienda, tales como la tasa de limpieza, basura y alumbrado, el IBI y la tasa de vado.

- Los gastos pagados en concepto de cuota de comunidad: administración, portería, jardinería y vigilancia.

- Los gastos para formalizar el alquiler.

- Todos los gastos ocasionados para conservar y mantener la vivienda: pintura, sustitución de elementos, reparaciones diversas.

- La prima del seguro del hogar de la vivienda alquilada, tanto de responsabilidad civil como de robo, incendio y otras incidencias.

- Las cantidades que hayas abonado en los recibos de suministros de luz, gas, agua y teléfono.

- La amortización de la vivienda y de los bienes por desgaste (la cantidad estipulada es de un 3 % del valor de construcción).

El IVA es el impuesto que se paga sobre el valor añadido de un producto o servicio, se trata de un impuesto indirecto. Este porcentaje es el que debe pagar el consumidor final, puesto que se encuentra en toda la cadena de producción de un producto o servicio.

Este impuesto debe ser presentado por todos los autónomos que realicen una actividad profesional, empresas mercantiles, arrendadores de inmuebles o bienes y promotores inmobiliarios. Y lo mejor es que se puede hacer ONLINE. Si formamos parte de algunos de estos grupos, tendremos que pagarlo de manera fraccionada en varios meses.

El periodo es el siguiente: del día 1 al 20 de los meses de abril, julio y octubre y del día 1 al 30 del mes de enero.

Debes darte de alta en Hacienda en la actividad de Alquiler de Locales Industriales a través del modelo 036; aunque sea un piso y no un local, está bajo la misma regulación. Repercutiendo Iva al 21% (RENTA + IVA) y soportando una Retención de IRPF del 19% de los Ingresos Netos.

Hacienda te pedirá la liquidación mediante una declaración trimestral de IVA modelo 303 y un resumen anual modelo 390.

. No se exige darse de alta como autónomo.

. Ni cotizar como tal ante la seguridad social.

Ofrecemos viviendas listas para entrar a vivir por lo que es requerimiento que los pisos estén amueblados, equipados y acondicionados con electrodomésticos y menaje del hogar, para facilitar la comodidad al inquilino durante su estancia.